sábado, 30 de noviembre de 2019

Cómo llenar y cobrar un pagaré



El pagaré es un documento comercial, màs exactamente un título valor con el cual se hacen gran cantidad de negocios en Colombia, este, está contemplado en el Art 709 del CoCo que debe cumplir con los requisitos propios de la naturaleza de todo título valor del Art 621 

“Requisitos para los títulos valores. Además de lo dispuesto para cada título-valor en particular, los títulos-valores deberán llenar los requisitos siguientes:

1) La mención del derecho que en el título se incorpora, y

2) La firma de quién lo crea.

La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.

Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el del domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas.

Si no se menciona la fecha y el lugar de creación del título se tendrán como tales la fecha y el lugar de su entrega.”

Además deberá contener los siguientes:
  1. la promesa incondicional de parar una suma de dinero
  2. el nombre de la persona a quien deba hacerse el pago
  3. la indicación de ser pagadero a la orden o al portador
  4. la forma de vencimiento
Ahora bien, para el cobro la Ley colombiana presume una equivalencia del suscriptor de un pagaré con el aceptarte (obligado directo) de una letra de cambio, tal como lo preceptua el Art 710 del CoCo; aplicándose al pagaré en lo conducente las disposiciones que rigen a la letra de cambio Art 711 del CoCo. 

Finalmente, recuerde que el pagaré puede ser comprado en una papelería, redactado manualmente o impreso en papel, tambien, puede ser de tipo digital suscrito mediante firma digital (diferente a firma electrónica) La diferencia fundamental con la letra de cambio es que representa un negocio u obligación entre dos personas, ya sea jurídicas o naturales, mientras que en la letra de cambio pueden intervenir otros que ocupan la posición jurídica tanto del deudor como del acreedor del título a través por ejemplo de la figura del aval o la misma cadena de endosos.

viernes, 29 de noviembre de 2019

Cómo llenar y cobrar una letra de cambio


En Colombia la letra de cambio es el documento contable preferido para garantizar o respaldar una obligación existente, que por lo general es una deuda o crédito, la cual debe estar incorporada literalmente en el soporte del documento, el cual es papel para le caso de los Títulos Valores Tradicionales y una firma digital para los Títulos Valores Electrónicos.

Por su parte, la definición que nos da el Código de Comercio en su Art 619 es que "Los Títulos-Valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación y de tradición o representativos de mercancías".

Así mismo, la obligación que contiene la letra de cambio debe ser clara, expresa y exigible; clara en cuanto no de lugar a duda o confusión, expresa en tanto debe estar inscrita en el documento que provenga del deudor y exigible en cuanto ya haya pasado el plazo de tiempo (el vencimiento) dentro del cual se comprometió el deudor a solventar su obligación de acuerdo con el Art 422 del CGP.

No obstante, los títulos valores tienen que cumplir con ciertos requisitos que sonde dos clases, unos generales y otros específicos. como requisitos generales o de la naturaleza de todo titulo valor se tienen los preceptuados por el Art 721 del CoCo:

  1. la mención del derecho que en el título se incorpora
  2. La firma de quien lo crea.


Igualmente, los requisitos específicos o requisitos de la esencia de la letra de cambio, se encuentran estipulados en el Art 671 del CoCo y son:

  1. La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero
  2. el nombre del girado
  3. la forma de vencimiento
  4. la indicación de ser pagadera a la orden o al portador.

Ahora bien, en cuanto a la forma de vencimiento se tienen cuatro formas segun el Art 673 del CoCo a saber:
  1.  A la vista: se exhibe el título valor por el girador (acreedor o creador del título) al deudor, entendiendo este último que el plazo se ha vencido por lo cual deberá cancelar la deuda so pena de ser constituido en mora de la obligación, solo por el hecho de no desembolsar la cifra en el momento preciso.
  2. A un día cierto sea determinado o no: se utiliza una fecha potestativa del girador lacual deberá constar por escrito en el título valor, la fecha no debe tener condición alguna y debe ser determinable cuando se da el vencimiento de la letra cuando se rija por una cituación o acontecimiento que lo anteceda. Ejemplo: "la letra de cambio tendrá por fecha de vencimiento una semana después del cumpleaños de Pedro".
  3. Con vencimientos ciertos y sucesivos: cuando la obligación dineraria se hará por estalamentos, semanal, quincenal, mensual, bimestral trimestral, semestral, anual, etc.
  4. A un día cierto después de la fecha o de la vista: como lo expresa el Art 681 del CoCo, que dice: "La presentación para la aceptación de las letras giradas a día cierto o a día cierto después de su fecha, será potestativapero el girador si así lo indica en el título, puede convertirla en obligatoria y señalar un plazo para que se realice. El girador puede, asimismo, prohibir la presentación antes de una época determinadasi lo consigna así en la letra. Cuando sea potestativa la presentación de la letra, el tenedor podrá hacerla a más tardar el último día hábil anterior al del vencimiento.”


Los títulos valores expedidos a favor de determinada persona, es decir, que contengan la clausula “a la orden”, solo podrán ser transferidos mediante endoso, respecto de los endosos hay de varios tipos:

El endoso en propiedad: es la  transferencia simple del derecho que tiene el girador sobre la letra de cambio, y el cual con su firma puesta en el titulo valor deja como evidencia su voluntad de ceder esa acreencia a favor del endosatario y la propiedad del título valor.

Endoso en procuración: En este caso, no se transfiere la propiedad del titulo valor, sino que únicamente se faculta al endosatario para cobrarlo judicial o extrajudicialmente, adquiriendo todas las obligaciones de un representante, excepto el dominio sobre la letra de cambio. 

Endoso en garantía o en prenda: Constituirá para el endosatario, un derecho prendario sobre el título y conferirá además de sus derechos de acreedor prendario, las facultades que confiere el endoso en procuración.

Cuando se dan endosos sucesivos se denomina cadena de endosos y cada uno de los endosatarios es un obligado que se puede llamar al cobro en la acción de regreso.

Sin embargo, existen otros actores que pueden intervenir en el negocio que sustenta la letra, como por ejemplo el avalista, que es además del girado, quien garantiza en todo o en parte el pago de la obligación; el aval puede constar dentro del título o en hoja adherida además de llevar la firma del avalista.

Al cobrar una letra de cambio a la vista, en caso de que no se efectúe el desembolso y se de solución de pago a la obligación, el tenedor legítimo del título, es decir de la letra,

La letra de cambio tiene una prescripción de la acción cambiaría directa de 3 años contados a partir de su creación, o desde que la obligación se hizo exigible o se dio su vencimiento Art 789 del CoCo

CAMILO ALFONSO DELGADO DIAZ
camilo.delgadodi@gmail.com 
ABOGADO
CONSULTORES Y ASESORES JURÍDICOS DYD.SAS.
consultoresdyd01@gmail.com
cel 320-697-6066 o 315-440-2402





viernes, 4 de octubre de 2019

Servicios en Derecho Comercial y Societario.

Asesoría jurídica para constitución de empresas, contratos de sociedad, trámites ante la Superintendencia, asesoría legal en derecho mercantil, empresarial y societario, interpretación y cumplimiento en normatividad civil y comercial, revisión y elaboración de contratación mercantiles. Asesoría y acompañamiento jurídico en negociaciones mercantiles. representación en demandas, conciliaciones o negociaciones mercantiles, obligaciones, requerimientos, sanciones ante los organismos de control, cámaras de comercio, superintendencias, DIAN y similares, elaboración de manuales de contratación y reglamentos, actas de junta o asamblea de socios, cobros prejurídicos y jurídicos con títulos valores (letras, cheques, pagarés, facturas cambiarias, cartas de porte, conocimiento de embarque, Títulos valores Electrónicos.   



jueves, 26 de septiembre de 2019

Sistema LegalTech



En el derecho informático, el sistema LEGALTECH, corresponde al uso de plataformas y entornos virtuales que se adaptan a las necesidades de las personas con movilidad reducida o discapacidad motriz, personas de la tercera edad y todo aquel que requiera soluciones prácticas, con rapidez y al alcance de cualquier dispositivo móvil, laptop o computador de escritorio.además, contamos estratégicamente con la utilización de inteligencia artificial (robots) aplicada a la solución de su caso.

Consultores y Asesores jurídicos DyD, es una firma enfocada en el factor de innovación, debido a que su procedencia es virtual, los servicios de consulta en linea representan un gran porcentaje de los productos solicitados y esto a su vez, nos permite tener una cobertura a nivel nacional, generando beneficios y comodidades para los clientes.

Dentro de los aspectos estratégicos de Consultores y Asesores Jurídicos DyD ademas de la modalidad on line, se encuentran la diversidad de servicios jurídicos que ofrecen en los diferentes campos del derecho administrativo, civil, laboral y comercial, así como también los servicios archivísticos. Esto sumado al conocimiento y especialización del personal, son puntos claves que las personas valoran a la hora de necesitar este tipo de consultas.


Para Consultores y Asesores Jurídicos DyD.sas, el proceso de mayor interés es la relación con el cliente, el cual se refiere al uso de herramientas digitales que contribuyan a conocer todos los procesos que se han realizado con cada uno de ellos, hacer un seguimiento constante a los negocios, gestionar clientes potenciales y generar estrategias que permitan aprovechar las oportunidades del mercado.

Los procesos que presentan mayor demanda son la consulta digital por redes sociales como whatsapp, facebook, twitter o via email, esto se da a través de la promoción web de este nuestro blog empresarial en el cual se integran. En Consultores y Asesores Jurídicos DyD comprendemos la importancia de conocer y hacer uso de herramientas digitales mediante capacitaciones y/o asesorías que les posibiliten ser mas competitivos. La implementación de  un CRM nos permite gestionar las relaciones con los clientes de una manera organizada. Con un conocimiento profundo que potencia además la fidelización y satisfacción de los mismos, siempre con un marco de profesionalismo, seriedad y responsabilidad con su caso.





martes, 20 de agosto de 2019

Asesorías en Derecho de Familia



En Colombia, el derecho de familia se nutre del derecho civil personas y derecho civil bienes, contenidos en la antigua pero vigente ley 57 de 1887 o Código Civil, pasando tambien por el Código de Infancia y adolescencia (Ley 1098 de 2006 ya que este ùltimo se basa en la persona individual, lo que históricamente se ha entendido como una limitante para el tratamiento que habitualmente deben recibir los casos en que se involucran varias personas, tal y como es la naturaleza de la familia, en donde no pueden quedar expuestas a los criterios arbitrarios del individuo. así mismo leyes que regulan el tema de la discapacidad mental como la Ley 1306 de 2009, o la nueva ley de capacidad legal, La ley 1996 de 2019. la cual reformó algunos procesos contemplados en el CGP o Ley 1564 de 2012.

En consultores DyD somo profesionales y cautelosos en el tratamiento de los problemas que afectan algo tan importante como lo es la estabilidad familiar entre los miembros, además que contamos con la experiencia, diligencia y capacidad para dar solución a sus conflictos de pareja, con sus hijos, con sus padres, abuelos, parientes etc, asesoramos en diferentes tipos de procesos como:
ejecutivos de alimentos, demandas de paternidad, impugnación de la paternidad, sucesiones, testamentos, adjudicación de apoyos judiciales, regulación de visitas, exoneración de cuota alimentaria, fijación de cuota alimentaria, custodia, adopción y muchos más.
Llámenos al 320-697-6066 o al 315-440-2402 whatsapp o al correo consultoresdyd01@gmail.com
Consultores y asesores jurídicos DyD, nuestro respaldo es su tranquilidad












domingo, 18 de agosto de 2019

Asesorías en derecho disciplinario


Tiene problemas jurídicos de orden disciplinario? procesos en las oficinas de control interno de cada entidad o en la Procuraduría General de la Nacion?
En la sentencia C-341 de 1996 se dice que el Derecho Disciplinario comprende el conjunto de normas sustanciales y procesales en virtud de las cuales el Estado asegura la obediencia, la disciplina y el comportamiento ético, la moralidad y la eficiencia de los servidores públicos, con miras a asegurar el buen funcionamiento de los diferentes servicios a su cargo. 
En consultores DyD atendemos estos casos, proporcionando asesoría y consulta para poder afrontar estas demandas.
Los servidores públicos se subdividen en emplea-dos públicos y trabajadores oficiales; los emplea-dos públicos se subdividen a su vez en servidores públicos de carrera administrativa, servidores pú-blicos de libre nombramiento y remoción.

Consúltenos en 320-697-6066 o 315-440-2402, por whatsapp o al correo consultoresdyd01@gmail.com

Consultores DYD, nuestro respaldo es su tranquilidad!!!

    

lunes, 27 de mayo de 2019

Quieres saber todo sobre tu pensión?


Son muy lentos los trámites de tu pensión?

Cada vez más el tráfico y la inseguridad crean factores negativos para las personas de la tercera edad, el desplazamiento dentro de las ciudades es cada dia una odisea para este sector poblacional que requiere de espacios con mayor calma y menos riesgos a la hora de salir a realizar sus diligencias personales.

Ahora bien, en Consultores y Asesores Jurídicos DyD.SAS hemos desarrollado una estrategia para resolver y facilitar los asuntos legales con los trámites que estos conlleva. Su nombre es LEGALTECH, y corresponde al uso de plataformas y entornos virtuales que se adaptan a las necesidades de las personas con movilidad reducida o discapacidad motriz, personas de la tercera edad y todo aquel que requiera soluciones prácticas, con rapidez y al alcance de cualquier dispositivo movil, laptop o computador de escritorio. aparte de eso, contamos con la utilización de inteligencia artificial (robots) aplicada a la solución de su caso.

Atendemos sus consultas vía telefónica y tambien a través de Whatsapp, Facebook, Twitter, blog, correo electrónico.

Consultores DyD ofrece los siguientes servicios en el área de seguridad social:

  • estudio de la historia laboral para la pensión de vejez
  • calculo actuarial
  • solicitud de reconocimiento pensional ante fondos privados y Colpensiones.
  • demandas ante la jurisdicción ordinaria laboral.
  • trámite de indemnización sustitutiva cuando no se alcanza la pensión o solicitud de devolución de saldos ante los fondos privados.
  • pensiones de invalidez, sobreviviente, sustitución pensional, y mucho más.


Consultores DyD.SAS, nuestro respaldo es su tranquilidad.


miércoles, 27 de marzo de 2019

Consultores y Asesores Jurídicos DyD renueva matricula mercantil



El tiempo y la velocidad han cambiado. Las empresas de todos los tamaños, exigen asesoría prácticamente en tiempo real y que sus abogados o sus asesores externos conozcan al pie de la letra el modelo de negocio y estén lo más conectados posibles. Una respuesta rápida por algún medio digital a cualquier hora puede ser el signo de erudición del nuevo abogado.Es así como surge el término Legaltech, refiriéndose a la transformación que está teniendo el sector legal al hacer uso de la tecnología para generar mas eficiencia, rapidez y permitir un mayor acceso a los servicios legales.

Teniendo en cuenta el contexto anterior y conociendo la trayectoria de Consultores y Asesores Jurídicos DyD, quienes desde su origen han incursionado en el ámbito virtual siendo una empresa de abogados on line en Colombia. Se puede vislumbrar un panorama favorable para ellos, si se considera que están alineados con las tendencias del sector jurídico, ya que las personas sin tener que salir de la casa o de la oficina, les pueden confiar un trámite o proceso a través de la plataforma virtual y estos ponen a disposición un equipo legal de calidad y experiencia a unos precios competitivos. No obstante, hay retos que se presentan en el sector y que deben estar atentos para afrontarlos como son la captación y fidelización de clientes, brindar asesoría integral y generar alianzas estratégicas, entre otros.

Dentro de las grandes fortalezas que tiene Consultores y Asesores Jurídicos DyD esta el factor de innovación, debido a que su procedencia es virtual, los servicios de consulta en linea representan un gran porcentaje de los productos solicitados y esto a su vez les permite tener una cobertura a nivel nacional, generando beneficios y comodidades para los clientes. Dentro de las debilidades que deben superar esta el desarrollo de estrategias de mercadeo que incluyan una promoción y publicidad física, sin descuidar el marketing digital. En este sentido, es conveniente la apropiación de soluciones tecnológicas que les permita tener la información de los clientes de forma organizada y rápida, para ejercer con mayor eficacia la gestión comercial, el marketing y el servicio postventa o de atención al cliente.

En Consultores jurídicos DyD hemos renovado nuestra matricula mercantil para poder seguir ofreciendo un servicio con el respaldo acreditación y confiabilidad que implica estar registrados ante la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas. no dudes en llamarnos 315- 440-2402 o 320-697-6066.

jueves, 21 de marzo de 2019

Liquidación del crédito


En Consultores y Asesores Jurídicos DyD.SAS ofrecemos el servicio de cálculo y liquidación del credito que usted o su empresa pudieren llegar a requerir en un proceso judicial, si usted desea saber cuanto es el monto de los intereses corrientes y moratorios de alguna deuda u obligación que tenga, no dude en consultarnos
Tels: 315-440-2402 o 320-697-6066
Correo electrónico: consultoresdyd01@gmail.com

lunes, 4 de marzo de 2019

Derechos de autor, derechos morales, derechos patrimoniales y conexos, Ley 23 de 1982 modificada por la Ley 1915 de 2018

Quieres tener mayor garantia jurídica sobre tus creaciones, literarias, artisticas o científicas?
Te ofrecemos consulta y asesoría jurídica online para toda Colombia por videoconferencia en derecho Comercial, civil, tributario, penal, laboral, gestión documental y archivística. Cel: 315-440-2402 o 320-697-6066  correo: consultoresdyd01@gmail.com o en nuestro blog
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Cel: 315-440-2402 o en el: 300-431-0481

lunes, 25 de febrero de 2019

Derecho penal e investigación privada

 

La Ley 1826 de 2017, la cual reformó el procedimiento penal (Ley 906 de 2004) habilitó la figura de los acusadores privados: Victimas de la acción penal que representados por sus abogados en ejercicio, ahora pueden tener funciones como autoridad pública transitoriamente, teniendo un papel crucial en la presentación del escrito de acusación, que era antes exclusiva de la Fiscalía General de la Nación.

 

En consecuencia contamos con la capacidad para llevar a juicio su caso y ejercer la acción penal solicitando su conversión de pública a privada a través del procedimiento especial abreviado. así mismo de solicitar medias de aseguramiento, interponer recursos y medidas cautelares necesarias para la protección y restablecimiento efectivo de sus derechos.

 

De igual forma, realizamos actos de investigación y recopilación de pruebas de acuerdo a los lineamientos que impone la ley: Huellas, rastros, residuos, armas, instrumentos, objetos, dinero, bienes, grabaciones telefónicas, filmación, fotografías, video, intercambio electrónico de datos, internet, correo electrónico; de acuerdo con la ley 527 de 1999, por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales.

Consulta y asesoría jurídica
Cel: 315-440-2402. correo: consultoresdyd01@gmail.com o en nuestra fanpage
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NIT:9010821022

martes, 12 de febrero de 2019

Contratos de representación artística

Detrás del éxito de una agrupación artística de tipo musical, actoral, de danzas, de pintura, de poesía o literatura, asi mismo tras bambalinas de una obra cinematográfica o un grupo de diseño arquitectónico etc. se encuentra todo un equipo de personas que hacen esto posible; en Consultores y Asesores Jurídicos DyD.SAS contamos con la capacidad de encargarnos del desarrollo de su carrera artística a largo plazo; dentro de estos servicios se cuentan el de manejo de imagen, la selección del material artístico y musical, el manejo de los contratos de derechos publicitarios, presentaciones, álbumes, entrevistas televisivas, radiales y mucho más.
En la actualidad, Colombia es uno de los países con mayor proyección de artistas al extranjero debido a la gran calidad y variedad en el talento de nuestros artistas, los cuales se han convertido en protagonistas del world music (música que se comercializa en el contexto global). ahora bien, en el país los artistas suscriben contratos de mandato y/o agencia comercial con sus representantes, figura que para el caso nacional hace las veces de manager y el “talent agent” o agente de talento; la cual a nivel internacional en países como Estados Unidos más exactamente en el estado de Florida, se mantienen como dos figuras independientes que tienen responsabilidades legales distintas, pero que en nuestro caso no existe reglamentación que los diferencie y discrimine en cuanto a sus funciones legales.
Por todo esto consultores DYD.SAS es su mejor opción para este tipo de asesoría legal en asuntos de contratación de derechos artísticos, llámenos al 320-697-6066 o al 315-440-2402, también puede visitarnos si lo desea en la cll20 #21-35 edificio Ángel oficina 407.
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viernes, 8 de febrero de 2019

Acción de tutela DyD

Consulta y asesoría jurídica online para toda Colombia por videoconferencia en derecho Comercial, civil, administrativo, tributario, penal, laboral, gestión documental y archivística.   encuéntranos en Cel: 315-440-2402 o 320-697-6066  correo: consultoresdyd01@gmail.com o en nuestra fanpage
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domingo, 3 de febrero de 2019

Cobros con títulos valores (letras, cheques, pagarés, etc)

Si ud tiene algún tipo de inconveniente con la literalidad,incorporación, legitimación o autonomia respecto a un título valor, Consultores y asesores juridicos DyD.SAShace el estudio de factibilidad jurídica indicandole a través de un informe sus posibilidades frente al negocio.
Además de el estudio del documento (letra, cheque, pagaré, bono de prenda, carta de porte, conocimiento de embarque) estamos en capacidad de hacer el cobro prejuridico y judicial de su título mediante endoso en procuración sobre el mismo y un porcentaje del 30% sobre el valor recuperado.
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Respaldo y asesoría jurídica para toda Colombia en derecho comercial, laboral y administrativo, ambiental, informático, Gestión documental y archivística.
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Asesoría externa en Investigación.



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ofrecemos consultoría y asesorías en investigación de tipo cuantitativa, cualitativa y mixta, construcción de objetos teóricos, referencias bibliográficas, marcos metodológicos, conceptuales. antecedentes, formulación de hipótesis, diseño y aplicación de instrumentos de medición de variables. transcripción y digitalización de entrevistas, conferencias, simposios o talleres, corrección estilográfica, orto-sintáctica y gramatical, redacción, manejamos normas APA, ISO, NTC 1486 ICONTEC, IEEE, CHICAGO, HARVARD, MLA



¿Qué es la responsabilidad civil contractual y extracontractual?

Por: Camilo Alfonso Delgado Diaz. Abogado Litigante. En esta entrega, trataré de exponer un tema que es de primordial relevancia para el...

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